Anular Folios en SII
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Escrito por Soporte Skualo
Actualizado hace más de una semana

Con motivo de la entrada en vigencia de la Resolución Exenta N° 58, de 2017 del Servicio de Impuestos Internos (SII), pasamos a indicar como se pueden anular los folios no utilizados.

IMPORTANTE: Un folio (o rango de folios) anulado a través de esta opción, imposibilita ser utilizado a posterior. Sólo deberá eliminar folios que no se encuentren emitidos en el sistema. Si el documento se encuentra emitido pero no recibido en el SII, no debe anularlo sino que re-enviarlo

La anulación de folios que no ha utilizado de un tipo de documento deben ser informados al SII únicamente a través de su sitio web www.sii.cl, menú "Factura Electrónica", ingresar al "Sistema de Facturación de Mercado", sección "Timbraje Electrónico", opción "Anular folios", para lo cual debe contar con el certificado digital del representante legal instalado en su computador.

Los folios que no informe anulados a través de esta vía se considerarán como stock de folios disponibles por parte del contribuyente para ser utilizados en la emisión de documentos, limitando la obtención de folios.

Formas de anulación

Al ingresar a la aplicación de anulación de folios verá todas los rangos de folios solicitados por el contribuyente, a continuación deberá seleccionar el rango de folios al cual le anulará los folios, este rango de anulación de folios puede ser igual o menor al rango autorizado.

Ejemplo: En el timbraje de fecha 05-06-2012, se autorizaron 149 folios, del folio 1.402 al 1.550

Anulación Total de un Rango de Timbraje

Por ejemplo para la Anulación Total de un Rango de Timbraje, lo selecciona y luego ingresa el Folio Inicial a Anular así como el folio final, como muestra la imagen siguiente.

Anulación por Sub Rangos de Timbraje

Es posible anular por subrangos y por folio, por ejemplo si quiero anular un rango de 10 folios del 1.501 al 1.510, y adicionalmente solo el folio 1.402, se deben efectuar 2 operaciones, ambas como subrangos como muestran las imagenes siguientes.


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